Bermellar (Salamanca)
Bermellar durante la Guerra de la Independencia:
"Decreto del Sr. Governador del Obispado: (sic)
Nos el Licenciado D. Pedro Trelles Arcediano Titular Vicario Capitular y uno de los Governadores eclesiásticos de este Obispado de Ciudad Rodrigo plácenos saber al Teniente ecónomo, Justicia y vecinos de la Villa de Bermellar que, habiéndose reconocido los Libros de Bautizados, Casados y de Difuntos de la Parroquia de dicha Villa, después del fallecimiento del Beneficiado D. Josef Pérez Perdigón se nota que en todos ellos faltan diferentes partidas especialmente de los últimos años por las Yndisposiciones del dicho Beneficiado, circunstancias del Beneficio y por haverse traspapelado y perdido las aportaciones de la maior parte que tenía dicho Beneficiado para las que siendo preciso y útil a dichos vecinos que se reparen estas faltas en lo posible, interin existen en el mismo Pueblo las familias y sugetos que pueden dar noticia de los que se haian Bautizado, Casado y fallecido cuias partidas no están estendidas. Damos nuestra facultad en forma al expresado Teniente ecónomo de Bermellar para que valiéndose de las apuntaciones que haia dexado el Difunto Beneficiado y de la Justicia y vecinos que puedan dar razón registren dichos Libros Parroquiales y ponga en ellos con toda claridad las partidas que se echen de menos en estos 4 últimos años y en los anteriores sin efecto por aquí o por otro cualquiera, incluso que hubiese ocurrido la extinción de alguna partida señalando como señalamos en razón de gratificación 4 reales por cada partida que se extienda a favor de dicho Teniente ecónomo contra la Herencia del Difunto Beneficiado Perdigón y mandamos a dicho Ecónomo que estrenado uno de los Libros referidos extienda esta Comisión antes de poner partida alguna para que conste en todos los tiempos habiéndose expresado con las facultades necesarias y que concluida esta operación nos remita los Libros para la debida Aprobación.
Dado en Ciudad Rodrigo en 27 de Enero de 1813.
Licenciado D. Pedro Trelles
Vicario Capitular"
"Bermellar Iglesia de María Magdalena. A 27 de Agosto de 1812.
Juan Pasqua, Consorte de Felipa Torivio falleció, Ahogado en el Río Guebra a que en dí Yo el P. Fray Fernando Bajo con Licencia del Sr. D. Josef Pérez Perdigón Beneficiado de esta Parroquia eclesiástica sepultura sólo se le hizo el Oficio de sepultura y por verdad lo firmo en virtud de la Comisión que tengo.
Fray Fernando Bajo".
"En la Yglesia Parroquial de la Villa de Bermellar, a 4 de Enero de 1815, Yo el infraescrito Beneficiado Rector, previas las diligencias judiciales ante el Sr. D. Juan Josef del Molino, Alcalde Ordinario de esta Villa, dí sepultura eclesiástica con las Exequias correspondientes en la Nave 4ª de esta Yglesia sepulcro nº 19 al cadáver de un Yncógnito que en el día 1º de dicho mes y año se havía encontrado en término de esta Villa al sitio que llaman las Espundias. para que conste, lo firmo, fecha ut supra.
D. Francisco Salvador".
"Decreto del Sr. Governador del Obispado: (sic)
Nos el Licenciado D. Pedro Trelles Arcediano Titular Vicario Capitular y uno de los Governadores eclesiásticos de este Obispado de Ciudad Rodrigo plácenos saber al Teniente ecónomo, Justicia y vecinos de la Villa de Bermellar que, habiéndose reconocido los Libros de Bautizados, Casados y de Difuntos de la Parroquia de dicha Villa, después del fallecimiento del Beneficiado D. Josef Pérez Perdigón se nota que en todos ellos faltan diferentes partidas especialmente de los últimos años por las Yndisposiciones del dicho Beneficiado, circunstancias del Beneficio y por haverse traspapelado y perdido las aportaciones de la maior parte que tenía dicho Beneficiado para las que siendo preciso y útil a dichos vecinos que se reparen estas faltas en lo posible, interin existen en el mismo Pueblo las familias y sugetos que pueden dar noticia de los que se haian Bautizado, Casado y fallecido cuias partidas no están estendidas. Damos nuestra facultad en forma al expresado Teniente ecónomo de Bermellar para que valiéndose de las apuntaciones que haia dexado el Difunto Beneficiado y de la Justicia y vecinos que puedan dar razón registren dichos Libros Parroquiales y ponga en ellos con toda claridad las partidas que se echen de menos en estos 4 últimos años y en los anteriores sin efecto por aquí o por otro cualquiera, incluso que hubiese ocurrido la extinción de alguna partida señalando como señalamos en razón de gratificación 4 reales por cada partida que se extienda a favor de dicho Teniente ecónomo contra la Herencia del Difunto Beneficiado Perdigón y mandamos a dicho Ecónomo que estrenado uno de los Libros referidos extienda esta Comisión antes de poner partida alguna para que conste en todos los tiempos habiéndose expresado con las facultades necesarias y que concluida esta operación nos remita los Libros para la debida Aprobación.
Dado en Ciudad Rodrigo en 27 de Enero de 1813.
Licenciado D. Pedro Trelles
Vicario Capitular"
"Bermellar Iglesia de María Magdalena. A 27 de Agosto de 1812.
Juan Pasqua, Consorte de Felipa Torivio falleció, Ahogado en el Río Guebra a que en dí Yo el P. Fray Fernando Bajo con Licencia del Sr. D. Josef Pérez Perdigón Beneficiado de esta Parroquia eclesiástica sepultura sólo se le hizo el Oficio de sepultura y por verdad lo firmo en virtud de la Comisión que tengo.
Fray Fernando Bajo".
"En la Yglesia Parroquial de la Villa de Bermellar, a 4 de Enero de 1815, Yo el infraescrito Beneficiado Rector, previas las diligencias judiciales ante el Sr. D. Juan Josef del Molino, Alcalde Ordinario de esta Villa, dí sepultura eclesiástica con las Exequias correspondientes en la Nave 4ª de esta Yglesia sepulcro nº 19 al cadáver de un Yncógnito que en el día 1º de dicho mes y año se havía encontrado en término de esta Villa al sitio que llaman las Espundias. para que conste, lo firmo, fecha ut supra.
D. Francisco Salvador".
Etiquetas: 1810-1814, Bermellar, Guerra de la Independencia, Libros Parroquiales
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